Asesoramiento

Orientación clara y cercana

INACOOP brinda asesoramiento a cooperativas, grupos pre cooperativos, entidades de la economía social y solidaria, organismos públicos, profesionales y cualquier persona interesada en el cooperativismo.

Los referentes territoriales ofrecen atención personalizada en distintos temas legales, contables, administrativos, gestión cooperativa, entre otros. Además, guían a las organizaciones en la realización de trámites para que puedan estar al día con sus obligaciones fiscales y formales.

Por otro lado, realizan actividades de promoción del cooperativismo en el territorio,   difunden información referida a los apoyos técnicos y financieros que INACOOP dispone, facilitan y apoyan el acceso a los mismos. 

Dentro del rol del referente territorial, también actúa como articulador entre las cooperativas que mantienen convenio con INACOOP.

Mapa con regiones Uruguay

Región Montevideo 

Sede
Montevideo

Referente
Natalia Morchio

Dirección
Sarandí 302, Montevideo

Contactos
091 064 228 | 29165142 int. 127 
nmorchio@inacoop.org.uy

Asesoramiento jurídico
Diego Moreno

Dirección
Sarandí 302, Montevideo

Contactos
29165142 int. 107 
dmoreno@inacoop.org.uy

Horarios
Lunes a viernes de 9 a 17 horas
(con solicitud previa de agenda)

Región Tacuarembó y Rivera 

Sede
Tacuarembó

Referente
Cra. María Virginia Da Silva

Dirección
Gral. Flores 165. Intendencia de Tacuarembó,
Oficina de Desarrollo

Contactos
46324671 Int. 271 | 099 960 346
mdasilva@inacoop.org.uy

Horarios
Lunes a viernes de 9 a 17 horas
(con solicitud previa de agenda)

Región Rocha, Lavalleja y Maldonado

Sede
Rocha

Referente
Cra. Adriana Maguna

Dirección
Unidad de Capacitación y Asesoramiento Tecnológico (UNITEC) de la Intendencia de Rocha – 19 de Abril y Prof. Dagoberto Vaz Mendoza.

Contactos
1955 interno 204 | 099 840 934
amaguna@inacoop.org.uy

Horarios
Lunes a viernes de 9 a 17 horas
(con solicitud previa de agenda)

Región Treinta y Tres y Cerro Largo 

Referente
Téc. Ana Vanoli

Contactos
099718615 | avanoli@inacoop.org.uy

Horarios
Lunes a viernes de 9 a 17 horas
(con solicitud previa de agenda)

Región Canelones 

Referente
Cra. Mariana Méndez Blanco

Contactos
091907537 
mmendezblanco@inacoop.org.uy

Horarios
Lunes a viernes de 9 a 17 horas
(con solicitud previa de agenda)

Región Durazno, Flores y Florida

Sede
Durazno

Referente
Cr. Raúl Montes de Oca

Dirección
Intendencia de Durazno, oficina de Desarrollo y Medio Ambiente – Eusebio Píriz 733

Contactos
099 213 275 | 4362 4463
rmontesdeoca@inacoop.org.uy 

Horarios
Lunes a viernes de 9 a 17 horas
(con solicitud previa de agenda)

Región Soriano y Río Negro

Referente
 Cra. Ana Núñez

Contactos
4532 2201 Int. 1703/1704 | 098 502 665 | anunez@inacoop.org.uy

Horarios
Lunes a viernes de 9 a 17 horas
(con solicitud previa de agenda)

Región Artigas, Paysandú y Salto

Referente
Cra. Mariana Méndez Blanco

Contactos
091907537 
mmendezblanco@inacoop.org.uy

Horarios
Lunes a viernes de 9 a 17 horas
(con solicitud previa de agenda)

Región Colonia y San José 

Sede
Colonia

Referente
Lic. Mariana Berger

Dirección
Avda. Daniel Armand Ugón 1391, esq. Emilio Barboroux – Municipio de Colonia Valdense

Contactos
4558 9294 | 098 554 957 | mberger@inacoop.org.uy

Horarios
Lunes a viernes de 9 a 17 horas
(con solicitud previa de agenda)

Preguntas frecuentes

¿Qué es una cooperativa?

Una asociación autónoma de personas que se unen  voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y  aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, a través de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada.

Las cooperativas se basan en los valores de ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad.

Ayuda MutuaLas cooperativas creen que el desarrollo de cada uno sólo se puede lograr en unión con otras personas, trabajando juntas para un mismo fin.

Responsabilidad Los miembros tienen a cargo el funcionamiento y promoción de su cooperativa.

DemocraciaLos cooperativistas participan tomando decisiones en conjunto, votando, teniendo en cuenta que cada persona equivale a un voto, formando comisiones para organizar el trabajo y participar.

IgualdadLa base de las cooperativas son sus miembros. Estos tienen derecho a participar, a ser informados, a ser escuchados, a tomar decisiones en forma igualitaria, es decir, sin distinciones entre ellos.

EquidadSe refiere a la forma en que se trata a los miembros dentro de la cooperativa , a la forma con la que distribuyen las ganancias o riquezas con base a la participación. Es decir, recibe más el que se compromete más o trabaja más por el bien de todos.

SolidaridadLos cooperativistas y las cooperativas se mantienen juntos, luchando por conseguir calidad de vida para todos.

  1.  Libre adhesión y retiro voluntario de los socios: Las cooperativas están abiertas a admitir a todas las personas sin distinciones por sexo, raza, afiliación política, creencias religiosas, situación social. El comprometerse con una cooperativa es un acto voluntario, no obligatorio. Las personas que forman una cooperativa se denominan socios. Es una asociación de personas, no de dinero.

  2. Control y gestión democrática por los socios: Las cooperativas pertenecen a sus socios, quienes trabajan activamente en la toma de decisiones. Cada uno tiene igual derecho a voto, es decir, cada miembro representa un voto aunque algún socio aporte más dinero o trabajo.

  3. Participación económica de los socios: Todos los socios contribuyen con su aporte equitativo a un fondo indivisible. También se encargan de controlar y administrar las partes sociales. Según sea una cooperativa de trabajo o de usuarios, la administración es diferente, y está reglamentada.

  4. Autonomía e independencia: “Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus miembros…”, significa que son organizaciones independientes y que, aunque realicen acuerdos o negocios con el gobierno o empresas privadas, nunca dejarán de ser administradas y dirigidas por sus socios. ACI, 1995.Ob. Cit.

  5. Educación, capacitación e información cooperativa: Las cooperativas proporcionan educación a sus miembros para que estén informados, opinen, discutan, elijan, administren, lo que beneficia el crecimiento de sus socios y por lo tanto el desarrollo eficaz de sus cooperativas.

  6. Cooperación entre cooperativas: Las cooperativas se ayudan entre sí y de esta manera se fortalecen. Esforzarse y colaborar entre sí, les brinda mayores beneficios y ventajas.

  7. Compromiso con la comunidad: Decíamos que las cooperativas existen para beneficiar a sus miembros. Éstos viven en un lugar determinado. Por lo tanto, las cooperativas se vinculan a sus comunidades. Queda en manos de sus miembros decidir de qué manera la cooperativa debe contribuir con la comunidad.

Las cooperativas surgen como respuesta a distintas necesidades que el grupo quiera hacer frente. Según el objetivo del grupo, existen distintos tipos de cooperativas, de las cuales podemos destacar: ahorro y crédito, comercializar la producción, consumo, trabajo, vivienda.

Existen diversos tipos de cooperativas en Uruguay: Cooperativas de trabajo, Cooperativas Sociales, Cooperativas de Artistas y servicios Conexos , Cooperativas Agrarias, Cooperativas de Viviendas, Cooperativas de Seguros, Cooperativas de Ahorro y Crédito, Cooperativas de Consumo.

  • Asesoramiento
  • Herramientas Financieras adaptadas a las diferentes modalidades cooperativas y organizaciones de la Economía Social y Solidaria: INACOOP Ofrece financiamiento de proyectos de cooperativas y economía social y solidaria. El Fondo Rotatorio Especial (FRECOOP) ofrece inversiones en capital de trabajo, proyectos de innovación, incorporación de tecnología, mejoras en infraestructura y procesos de intercooperación. El Fondo para el Desarrollo (FONDES) apoya proyectos productivos con desarrollo a mediano y largo plazo. Particularmente, responde a necesidades de capital de trabajo e inversión para la producción de bienes y servicios. 
  • Formación: PROCOOP (https://www.inacoop.org.uy/procoop) es un programa de formación para toda organización inscripta en INACOOP (cooperativa o de la economía social y solidaria) que se desarrolla en convenio con INEFOP y funciona a demanda, organizando las formaciones que atiendan las necesidades de los emprendimientos, en temas cooperativos y empresariales. Otros programas de apoyo más específicos son INCUBACOOP (etapa de formación de cooperativas tecnológicas) o Mejora de Gestión, que diagnostica mediante indicadores la situación de la cooperativa para enfocar luego procesos de mejora.

Los órganos de una cooperativa son: la Asamblea, el Consejo Directivo, la Comisión Fiscal, la Comisión Electoral y la Comisión de Educación, Formación e Integración Cooperativa, pudiendo crear otros órganos con fines específicos a la actividad de la cooperativa.

Organización de una cooperativa

¿Cuáles son las diferencias entre una cooperativa de trabajo y una cooperativa social?

COOPERATIVAS DE TRABAJO COOPERATIVAS SOCIALES
Socios El ingreso de socios se decide libremente por parte del Consejo Directivo y no debe comunicarse a ninguna autoridad. Los requisitos de ingreso son los establecidos en el estatuto y el C.D examina las aptitudes morales y profesionales del aspirante para desempeñarse y las necesidades de la cooperativa. No se considera la condición de vulnerabilidad social. 75% o más en situación de vulnerabilidad socioeconómica y debe comunicarse previamente al MIDES.
Organismo de constitución Directamente ante el Registro de Personas Jurídicas – Sección Cooperativas. MIDES y luego en el Registro de Personas Jurídicas – Sección Cooperativas.
Organismo de contralor AIN. MIDES.
Formación para la gestión y asesoramiento Pueden acceder a los programas y herramientas que existen a nivel nacional para las cooperativas. De forma permanente y gratuita a través de organizaciones contratadas por el MIDES y a las que corresponda el tema de cooperativas.
Exoneraciones tributarias IRAE IRAE, IP. IRAE, IP, IMESI, IVA.
Exoneraciones tributarias BPS Aportes Patronales Socios (excepto 5% Fonasa + CCM si corresponde). Aportes Patronales totales, socios y contratados.
Exoneraciones tributarias OTRAS Tasa registral. Prestación coactiva, timbres profesionales, tasa registral.
Excedentes (resultado del ejercicio positivo) Luego del destino establecido por ley, al menos el 50% del remanente debe repartirse entre los socios. Tienen prohibido repartir excedentes entre los socios. Deben reinvertirse mínimo 50%, a fines de progreso social, cultural y educativo que fije el MIDES.
Anticipos de excedentes (remuneración mensual) Mínimo el laudo de actividad. Mínimo y máximo el laudo de actividad.
Trabajo de las comisiones Puede ser remunerado. No puede ser remunerado.
Ventas al Estado No existe posibilidad de compra directa pero sí participa de la licitación abreviada. Posibilidad de compra directa hasta el monto de la licitación abreviada.
Ventas al Sector privado Contribuyentes deducen IRAE por compras a CT. (N° 5 del Art. 42 del Decreto N° 150/007). Contribuyentes deducción de IRAE refiere a compras a cooperativas de producción, por lo q en algunos casos de empresas de servicios se entiende que las sociales no aplican.
Libros de contabilidad Libro diario e inventario. MIDES admite sustitutos por libro de caja y banco.

Para poder fundar una cooperativa se necesita un mínimo de 5 integrantessalvo en las excepciones siguientes:

  • Cooperativas de Vivienda de Reciclaje: 6 Integrantes
  • Cooperativas de Vivienda Nueva: 10 Integrantes
  • Cooperativas de Ahorro y Crédito: 50 integrantes al constituirse y 200 al cabo de 2 años desde la constitución.

Los integrantes de las cooperativas deberán cumplir las condiciones establecidas por la Ley 18.407 para ser socios, estás son:

“Podrán ser socios las personas físicas mayores de edad, los menores de edad e incapaces por medio de sus representantes legales, los menores de edad habilitados por matrimonio y las personas jurídicas de carácter público o privado, siempre que reúnan los requisitos establecidos por el estatuto. El ingreso es libre pero podrá ser supeditado a las condiciones derivadas del objeto social. Los menores de edad e incapaces sólo podrán ser socios de cooperativas de responsabilidad limitada. La suscripción e integración de partes sociales por los tutores o curadores requerirán aprobación judicial del acto si la cuantía de la obligación supera las 500 UR (quinientas unidades reajustables). Los padres y los menores habilitados por matrimonio no requieren autorización en ningún caso.”

Para ampliar información comunicarse con el área de Asesoramiento de INACOOP.

El aporte inicial en las cooperativas, es la contribución inicial que deben realizar todos los socios al momento de ingreso en la misma. Este aporte puede ser en dinero, especie (por ejemplo con bienes) o trabajo (horas de trabajo) y debe de ser valuado en la moneda que establezcan los estatutos.
El capital mínimo de inicio lo fija la cooperativa al momento del acta fundacional, salvo en cooperativas de vivienda que la ley define un mínimo (art 123 de la ley 18.407).
Los aportes de capital social se lo deben reintegrar al socio en ocasión de egreso. En el caso de las cooperativas de vivienda si no pasarán 10 años desde la adjudicación de las viviendas, se le deberá devolver al socio el 90% del capital social menos los adeudos que tenga con la cooperativa en los casos de retiros justificados y en caso que no se considere justificado se devolverá el 75% del valor de las partes sociales menos los adeudos del socio. Pasado el plazo de 10 años de la adjudicación de la vivienda se considerará siempre justificado.

Los socios de las cooperativas de trabajo se rigen por todas las normas laborales vigentes a excepción de la indemnización por despido. Motiva esto la razón que no son empleados sino dueños de la empresa.

Las remuneraciones de los socios trabajadores deberán respetar el laudo vigente salvo por las excepciones expresadas en el artículo 105 de la Ley 18.407.

Si bien es deseable que exista equidad e igualdad dentro de las cooperativas en virtud de los valores en los cuales se funda el movimiento, no existe normativa en contrario. Es decir que en una misma cooperativa pueden existir sueldos distintos o valores horas de diferente valor siempre y cuando cumplan con la normativa laboral vigente.

Según establece el art. 100 de la Ley 18.407, el número de trabajadores en relación de dependencia no podrá superar el 20% de la cantidad de socios de la cooperativa. Las cooperativas que tengan menos de diez socios, podrán tener hasta dos empleados.

No se computarán en ese porcentaje:

  1. A) Los trabajadores contratados para cubrir necesidades cíclicas extraordinarias o actividades de temporada.
  2. B) Los trabajadores contratados para cubrir licencias de socios.
  3. C) Los trabajadores contratados temporalmente en el marco de políticas públicas de fomento del empleo o de la formación profesional.
  4. D) Los trabajadores contratados en virtud de disposiciones del fomento del empleo de las personas con disminuciones físicas o psíquicas.
  5. E) Los trabajadores cuya dedicación horaria no exceda las doce horas semanales

La formalización de la constitución de las cooperativas es un costo interno. Para colaborar en su redacción, en muchos casos las Federaciones gremiales de cada rama cooperativa incorporan esos servicios. INACOOP, además  proporciona en su página web modelos de estatutos de las diversas modalidades.

Deberán enviar las declaraciones mensuales y periódicas si correspondiere, así como pagar los tributos e importes que les correspondan. Debiendo tener vigente el certificado que acredite que la cooperativa está al día con sus obligaciones en los tres organismos. En el caso del BSE siempre que cuenten con trabajadores en planilla.

Instituto Nacional de Cooperativismo
Todas las cooperativas deberán presentar la declaración jurada ante el INACOOP en el plazo de 180 días a partir de la fecha de cierre de balance, incluidas las exoneradas, a no ser que sean cooperativas sociales o de segundo o ulterior grado que tengan fines y actividad gremial o de representación. En esta declaración deberán justificar la exoneración. Esto da lugar al pago, si corresponde, de la Prestación Coactiva. De haber cumplido con esto, el INACOOP les emite el certificado de regularidad, que será exigido por los demás organismos de contralor.

*Adicionalmente, cada cooperativa deberá de cumplir anualmente con los deberes formales ante el organismo de contralor que les corresponda, estos son:

Auditoría Interna de la Nación

-Comunicaciones Asamblea Ordinaria Anual y Asambleas Extraordinarias

-Presentación de Estados Financieros para su visación

-Comunicación de cambio de integración de órganos sociales (Consejo Directivo, Comisión Fiscal, Comisión Electoral y Comisión de Educación, Fomento e Integración Cooperativa)

-Presentación de Informes trimestrales (solo para Cooperativas de Ahorro y Crédito)

Una vez que la cooperativa cumplió con las obligaciones frente a la AIN, la misma emite un certificado de regularidad. El mismo es obligatorio para:

• Que Ia cooperativa pueda celebrar convenios y contrataciones con organismos públicos o con toda empresa o institución pública o privada.

  • Que Ias empresas públicas o privadas puedan proceder a la retención y posterior versión de Ias retenciones sobre retribuciones salariales y pasividades a Ia cooperativa (si la cooperativa no presenta certificado de regularidad vigente, la empresa pública o privada NO puede retener).

Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial

Todas las cooperativas de vivienda tendrán la obligación, siendo un requisito para la solicitud del certificado de regularidad, de presentar ante el organismo la documentación siguiente:

  • Planilla Alta de socios (ingreso de nuevos núcleos familiares), completa y con carácter de declaración jurada  , que se encuentra disponible en la página web.
  • Nota de solicitud de renovación firmada por Presidente y Secretario.
  • Certificado Notarial de Personería Jurídica.
  • Estados Financieros con informe de compilación firmado por contador público, según formato solicitado por el organismo. Estar acompañado de acta de asamblea con su aprobación y consideración de la memoria anual.
  • Presentar los comprobantes de las bajas producidas en el padrón social (Actas de Asamblea, y en caso de corresponder, las cartas de renuncias).

Ministerio de Desarrollo Social

Para obtener el Certificado de Situación Regular deberán presentar la siguiente documentación:

  1. a) Contables.-
  • Balance contable anual, firmado por las autoridades de la Cooperativa y acta de aprobación por la Asamblea Ordinaria.
  • Recibos de sueldos de último mes trabajado.
  • Planilla de trabajo unificada.
  • Nómina BPS
  • Certificado de cumplimiento de BSE.
  • Certificado único de BPS.
  1. b) Sociales.-
  • Padrón social (si se mantiene el mismo no es necesario, sí es obligación enviar toda la documentación para nuevos ingresos)
  • Autoridades vigentes (Presidente, Secretario, Tesorero, Comisión Fiscal, Comisión Electoral) mediante acta de elecciones. 
  • Presentar copia de las 3 últimas actas de todos los libros sociales (Asambleas, Comisión Directiva, Comisión Fiscal, Libro de Socios).
  • Asimismo, en todo momento el MIDES podrá tener acceso a la documentación de las cooperativas y solicitar información de cualquier naturaleza. 
APORTE PATRONAL A LA SEGURIDAD SOCIAL
CLASES Aporte Socios Trabajadores Aporte Trabajadores no Socios
APORTE
JUBILATORIO
FONASA FRL APORTE
JUBILATORIO
FONASA FRL
TRABAJO Exoneradas Gravadas Exoneradas Gravados Gravados Exoneradas
ARTISTA Y OFICIOS CONEXOS Exoneradas Gravadas Exoneradas Gravados Gravados Exoneradas
SOCIALES Exoneradas Exoneradas Exoneradas Exoneradas Exoneradas Exoneradas
CONSUMO X X X Exoneradas Gravados Exoneradas
AHORRO Y CRÉDITO X X X Gravados Gravados Gravados
SEGUROS X X X Exoneradas Gravados Exoneradas
GARANTÍA RECÍPROCA X X X Exoneradas Gravados Exoneradas
AGRARIAS X X X Exonerada 50% Gravados Exonerada 50%
VIVIENDA Exoneradas Exoneradas Exoneradas Gravados Gravados Gravados

Depende de la clase cooperativa, las exoneraciones son las siguientes:

COOPERATIVAS DE TRABAJO Y COOPERATIVAS DE ARTISTAS Y OFICIOS CONEXOS

En cuanto al BPS, estas clases se encuentran exoneradas de los aportes patronales a la seguridad social por las remuneraciones que se les paguen a los socios cooperativistas (a excepción del patronal FONASA). No así de sus dependientes. A no ser que por su actividad tengan una exoneración específica.

En cuanto a DGI, las cooperativas de trabajo se encuentran exoneradas del Impuesto a la Renta de Actividades (IRAE), el Impuesto al Patrimonio y el Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (IMEBA). Deben pagar Impuesto al Valor Agregado (IVA), a no ser que por su actividad, tengan una exoneración específica. En cuanto al IRPF, deben abonar el impuesto retenido de los sueldos que paguen, siempre y cuando corresponda.

COOPERATIVAS SOCIALES

Esta clase cooperativa (creadas con el aval del Ministerio de Desarrollo Social) se encuentran exoneradas de todo tributo nacional según lo establece la Ley 18.407. Es decir que: en cuanto a BPS, solo pagarán los aportes personales de las remuneraciones que se paguen tanto a socios como a contratados y en cuanto a DGI no pagarían ningún impuesto salvo por el IRPF retenido de los sueldos que paguen.

Tampoco estarán gravadas por la prestación coactiva.

COOPERATIVAS AGRARIAS

Las cooperativas agrarias se encuentran exoneradas del 50% del aporte jubilatorio patronal y FRL, excepto el FONASA patronal. Estos rubros componen los aportes patronales a la seguridad social (BPS), es decir la contribución patronal rural (CRP). Esta exoneración implica un ahorro real para las cooperativas agrarias de un 22% de la contribución patronal rural (CRP) que pagan al BPS.

En cuanto a DGI, las cooperativas se encuentran exoneradas del IRAE y del 50% del Impuesto al Patrimonio así como del 50% del IMEBA.

COOPERATIVAS DE VIVIENDA

Al no tener actividad empresarial, este tipo de cooperativas no se encuentran comprendidas dentro de ningún impuesto que recaude la DGI. Si lo están respecto a la prestación coactiva.

Si deben retener el IRPF por el reintegro del capital aportado por sus socios.

Respecto a los aportes al BPS, no existe tratamiento especial en la aportación salvo por la mano de obra por ayuda mutua que se encuentra exonerada de todo aporte a la seguridad social.

DEMÁS CLASES COOPERATIVAS

Respecto a las demás clases cooperativas se amparan bajo el mismo régimen que las cooperativas de consumo, esto es:

En cuanto a BPS se encuentran exoneradas de los aportes patronales a la seguridad social salvo por el FONASA patronal. En cuanto a DGI, se encuentran exoneradas de todo impuesto nacional salvo por el IVA.  Y la prestación coactiva en el INACOOP.

Se debe verificar que se este aplicando correctamente la exoneración.

CUDECOOP

La Confederación Uruguaya de Entidades Cooperativas (CUDECOOP) es la organización de representación y defensa gremial del movimiento cooperativo uruguayo. Se inició como una Mesa Nacional Intercooperativa en 1982.

La CUDECOOP se constituye formalmente en 1988 como una asociación civil sin fines de lucro, que luego se constituye en cooperativa. Es la organización gremial del movimiento cooperativo uruguayo.

Desde su nacimiento, la Confederación nuclea a la mayoría de las Federaciones e instituciones representativas de la economía social existentes en el país, lo que la convierte en una organización con una amplísima base, integrada por personas de las más diversas extracciones sociales, económicas y políticas. CNFR y CCU también integran CUDECOOP.

FECOVI

A fines de 1969, las cooperativas de usuarios de ahorro previo constituyen la Federación Nacional de Cooperativas de Vivienda (FENACOVI), planteándose como objetivos la defensa gremial del movimiento cooperativo de ahorro previo y la reivindicación del sistema como solución al problema habitacional de los trabajadores del país.

Hacia 1973 se instala el gobierno militar, y en 1976, por medio de un decreto se suprimen las cooperativas de ahorro previo. En este marco, la Federación desaparece como organización, aunque sus cooperativas permanecen y continúan organizándose en la lucha contra el régimen militar.

FECOVI reaparece institucionalmente en 1984, planteando la oposición a los reajustes de cuotas abusivas e ilegales, dispuestos en la amortización de los préstamos. Luego de un proceso de crecimiento tanto de Montevideo como del interior del país, FECOVI reúne hoy a unas 119 cooperativas de ahorro previo de usuarios en todas las etapas: construidas, en obra y en formación, constituyendo más de 4.400 familias.

Los objetivos institucionales de FECOVI están definidos como: la reivindicación del sistema de ahorro previo como solución al problema habitacional, la defensa gremial de las cooperativas de ahorro previo, la promoción y creación de nuevas cooperativas de vivienda, la planificación y ejecución de programas de capacitación cooperativa, la coordinación de acciones con otras organizaciones que pretendan eliminar el déficit habitacional, la coordinación de acciones con organizaciones de otras modalidades cooperativas en la defensa y promoción del cooperativismo. Sitio web: https://fecovi.coop/web/

FUCVAM

Fundada el 24 de mayo de 1970 en la localidad de Isla Mala del departamento de Florida, la Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua agrupa a más de 550 cooperativas de base, en distintas etapas de desarrollo -en trámite, en construcción y habitadas- constituyendo una Federación de alcance nacional, con presencia en prácticamente todos los departamentos del país e integrada por más de 22 mil familias cooperativistas, de ingresos bajos y medios, representativas de un amplio segmento de trabajadores del más diverso origen.

FUCVAM tiene por objetivos: defender los derechos comunes de las cooperativas de vivienda por ayuda mutua; brindar a personas y cooperativas las bases e instrumentos para su promoción social en un sentido integral; promover la creación de nuevas cooperativas, instituciones gremiales y organismos del estado en la búsqueda de alternativas de solución al problema habitacional; y propiciar sistemas o planes tendientes al abaratamiento, mantenimiento, confort de la vivienda y servicios complementarios. Sitio web: https://www.fucvam.org.uy/ 

COVIPRO

Es la Federación que reúne sistema de cooperativas de viviendas de propietarios. Es de carácter gremial y fue fundada en 2001 como respuesta a problemas comunes con el BHU. Luego de un trabajo de varios años, en 2008, se logra un convenio con el Ministerio de Vivienda y a partir de allí dieron impulso a la figura de Cooperativa que se mantiene durante la obra y también durante el pago de la deuda. La Federación reúne un conjunto de 120 cooperativas con más de 4.000 familias. 

Mesas Intercooperativas

La Confederación Uruguaya de Entidades Cooperativas (CUDECOOP) lleva adelante un Proyecto de Desarrollo Territorial, con el apoyo del Instituto Nacional del Cooperativismo (INACOOP), que tiene como objetivo “contribuir al desarrollo del movimiento cooperativo uruguayo, promoviendo espacios de articulación local que potencien la intercooperación y la mejora de la gestión”.

A la fecha existen Mesas intercooperativas en los siguientes departamentos: SALTO, PAYSANDU, RIO NEGRO, FLORIDA, MALDONADO, TREINTA Y TRES, CERRO LARGO, TACUAREMBO, CANELONES, SORIANO, COLONIA Y SAN JOSE. Las Mesas están desempeñando diversos roles, alineados en función de los componentes ya señalados pero con especial énfasis en el apoyo integral a las cooperativas existentes así como también a muchas – de diferentes modalidades que están en formación.

FCPU

Es la gremial que representa, defiende y promociona el cooperativismo de trabajo. Incluye a las cooperativas de trabajo, sociales y de artistas y oficios conexos.

Entre sus servicios a las cooperativas se encuentra: la capacitación, la difusión, el asesoramiento y financiación.

Se ocupa también de promover la integración de las cooperativas que actúan en la misma rama, del desarrollo nuevas actividades productivas, y realiza diagnósticos y formula proyectos de desarrollo e inversión.

Es miembro fundador de CUDECOOP (Confederación Uruguaya De Entidades Cooperativas), junto con otras instituciones representativas de otras cooperativas. 

ACI

La Alianza Cooperativa Internacional (ACI) es una organización no gubernamental independiente que reúne, representa y sirve a organizaciones cooperativas de todo el mundo.

La ACI fue fundada en Londres en 1895. Sus miembros son organizaciones cooperativas nacionales e internacionales de todos los sectores de la actividad económica: agrícolas, bancarias, de ahorro y crédito, industriales, de servicios, de vivienda, de salud, etc.

Cuenta entre sus miembros con 268 organizaciones de 96 países que representan a casi mil millones de personas en todo el mundo. 

Las cooperativas pueden utilizar el servicio de los Centros de Mediación del Poder Judicial para resolver distintos conflictos.

A través de un procedimiento flexible, voluntario y confidencial, que procura potenciar el diálogo, las organizaciones podrán llegar al entendimiento y acuerdo frente a un disenso.

El servicio es gratuito y no requiere asistencia letrada.

Ver ubicación de los Centros de Mediación